Venta de casa con inquilino Merino Fernandez Abogados - Venta de vivienda con arrendatario

¿Que hacer si se quiere realizar una  venta de vivienda con arrendatario o inquilino.

El derecho de tanteo determina que el inquilino pueda comprar la vivienda antes que nadie. Para que pueda hacerlo, es necesario que el propietario se lo notifique fehacientemente, indicando el precio y las demás condiciones esenciales de la venta: forma de pago, hipotecas, etc. Recibida la notificación, el inquilino tiene un plazo de 30 días naturales para ejercitar el derecho de tanteo. Si decide comprar la vivienda, tiene que notificar su decisión al propietario (ya sabes, por conducto notarial, burofax …), y poner a su disposición el precio.

¿Qué pasa si el propietario ha vendido la casa con arrendatarios?.

Hay que conocer bien la normativa a aplicar en el caso de la venta de una vivienda arrendada. Si el propietario ha vendido la vivienda a una persona sin haber respetado el derecho de tanteo del inquilino, entra en juego el derecho de retracto por el que el inquilino pueda quedarse con la vivienda, ya vendida a otra persona, pagando el mismo precio. Puede contactar con nosotros y pedir cita con un abogado que resolverá sus dudas (precio consulta 1 hora 50€):

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Claves sobre la venta de viviendas con inquilino.

El inquilino tiene derecho preferente de adquisición  de la casa en la que vive actualmente, salvo que renuncie expresamente. Esto afecta directamente al propietario por lo tanto.

La venta de la casa que el  propietario tenga alquilada es posible y puede hacerlo si lo hace bien y siguiendo unas pautas legales.

El nuevo comprador debe conocer que la vivienda que le interesa se encuentra arrendada, para lo que resulta importante que el vendedor se lo comunique. Si el comprador quiere terminar con el alquiler, aunque la ley le de la razón, el inquilino puede decidir no abandonar la casa, por lo que hay riesgo de necesitar iniciar un procedimiento judicial para desahuciar al arrendatario.

Va a influir también  la ley que estuviera vigente en el momento en que se firmó el contrato de alquiler y los pactos al respecto acordados entre las partes en ese momento.

Es interesante llegar a un acuerdo del inquilino con el nuevo propietario, que beneficie a ambas partes. En este punto puede ayudarle uno de nuestros abogados. Puede contactar con nosotros y pedir cita con un abogado que resolverá sus dudas (precio consulta 1 hora 50€):

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