En este caso se trata de alquilar una plaza de garaje de manera independiente al alquiler de una vivienda. La precisión es importante porque si la plaza de garaje se alquila junto con la vivienda, y como accesorio de ésta, el contrato está sometido a lo que la Ley de Arrendamientos Urbanos establece para el arrendamiento de vivienda. Mientras que si se alquila la plaza de garaje por separado, este contrato queda sujeto en primer lugar a la voluntad de las partes.
También hay que precisar que en este Contrato de alquiler de garaje se alquila una plaza de garaje perfectamente delimitada (normalmente numerada). Distinto sería el supuesto -denominado contrato de garaje- en el que el arrendatario tiene derecho a guardar su vehículo en el interior del garaje sin delimitación de plaza.
Existe una gran libertad de pactos para este contrato de arrendamiento de plaza de garaje. En el presente supuesto hemos contemplado algunos de los más habituales, pero caben otras posibilidades. Comentamos algunos puntos:
Respecto al precio, existe libertad absoluta. Esto significa, entre otras cosas, que el precio puede comprender los gastos de comunidad e impuestos aplicables, como IBI e IVA.
Respecto al IVA, hay que señalar que en los contratos en que se alquila la plaza por separado debe cobrarse e ingresarse el IVA en Hacienda, incluso cuando se trate de un contrato entre particulares, ya que el arrendador se convierte en «empresario». Por ello, es conveniente indicar si el IVA se entiende o no incluido en el precio. Cuando el garaje se alquila como anexo a una vivienda no existe obligación de cobrar IVA.
La cláusula de actualización que se suele tener en cuenta es el IPC pero podría haberse establecido cualquier otro sistema de actualización. Aunque no es obligatorio que exista actualización, resulta más cómodo: si no se pacta, la renta se mantendrá siempre estable, incluso en caso de prórroga, a menos que se proceda a la denuncia del contrato y firma de otro nuevo con renta incrementada.
Puede establecer cualquier otra forma de pago, por ejemplo, el pago directo al propietario en su domicilio.
Subarriendo: si no se prohíbe en una cláusula, se puede subarrendar.
Somos abogados expertos en contratos de alquiler de garaje.
Teléfono: 983281679
Contrato de alquiler de garaje